Avisos y Procedimientos

PROCEDIMIENTO: En el caso de que dos Usuarios deseen realizar una cesión de Capacidad Contratada de forma temporal acordada directamente entre ellos, el Transportista lo permitirá siempre que los puntos de recepción y los puntos de entrega de dichos usuarios compartan Trayecto, en el entendido de que se trata de una operación comercial entre las Partes donde el Transportista no adquirirá ninguna obligación adicional a las establecidas en estos Términos y Condiciones. El Transportista realizará todos los cargos por concepto de Servicio de Transporte directamente al Cedente como si su Contrato no se hubiera modificado. Para llevar a cabo esta operación, el Cedente deberá hacerlo del conocimiento del Transportista cuando menos 3 (tres) Días Hábiles antes del Día de Flujo en que desee aplicarse la cesión e indicará el punto de entrega temporal que se agregará virtualmente en su Contrato por el periodo establecido entre las Partes. Los Usuarios que entren al esquema de Cesión Temporal podrán acceder al Mercado Secundario de capacidad sin necesidad de presentar Garantías Financieras adicionales a aquellas que el Cedente ya tenga acreditadas ante el Transportista en términos de la cláusula Contratación de estos Términos y Condiciones, siempre y cuando el Cedente mantenga sus Garantías Financieras a favor del Transportista. En caso de que las Garantías Financieras del Cedente no se hayan mantenido conforme a estos Términos y Condiciones, el Cesionario deberá presentar las Garantías Financieras correspondientes.